SENTENCIA OBTENIDA CONTRA CHARANGA SL

INCUMPLIMIENTOS GRAVES Y PERMANENTES POR LA EMPRESA

SENTENCIA OBTENIDA CONTRA CHARANGA SL

 

En el presente caso tratamos de probar por el despacho jurídico IUSTITIA EST los imcumplimientos graves por la empresa demandada y que obedecían a varias causas; impago de nóminas, pago de nóminas conforme  a una categoria profesional inferior, no inclusión ante el SEPE conforme a normativa, despues de un alta de incapacidad laboral "abandonar" a la trabajadora no dándole una ocupación real...toda una tormenta perfecta de despropósitos en perjuicio del trabajador que se prolongan en el tiempo y que generan un daño sustancial e innecesario.

 

El artículo 50 del ET señala que serán justas causas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato, … la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado, así como cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor, teniendo en tales casos derecho el trabajador a las indemnizaciones señaladas para el despido improcedente.

La jurisprudencia recuerda que la norma exige que el incumplimiento en esta materia sea grave y reiterado; estimando que no lo es el retraso de un solo mes (Sentencia de 21 de julio de 1986), o el de dos meses (Sentencia de 16 de junio de 1987 ) o incluso la falta de abono de tres meses de salario y una paga extra (Sentencia de 25 de septiembre de 1995 ).

La jurisprudencia estima que en cambio si se da esa gravedad cuando durante más de un año se viene cobrando el salario con retraso ( Sentencia de 24 de marzo de 1992 ) o durante once meses consecutivos (Sentencia de 13 de julio de 1998) o, así mismo, si el abono de las pagas extras se realiza, en dos anualidades consecutivas, con un retraso de cinco o más meses (sentencia de 28 de septiembre de 1998 ), como también si se adeudan dos meses y una paga extra, cobrándose las nóminas con un retraso medio de 29 días. 

Dejamos extracto del Fallo:

 

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