SENTENCIA AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
CLAUSULA SUELO
Nueva sentencia favorable en materia de cláusulas hipotecarias
La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado íntegramente una sentencia que declaraba nula una cláusula de limitación del tipo de interés (suelo del 1,5 % en un préstamo a interés variable) y condenaba a la entidad financiera a:
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Eliminar la cláusula del contrato.
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Devolver todas las cantidades cobradas de más desde el inicio del préstamo, con sus intereses legales.
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Asumir las costas del procedimiento, tanto en primera instancia como en apelación.
La entidad alegaba que la reclamación estaba prescrita por el tiempo transcurrido desde las primeras sentencias sobre este tipo de cláusulas. La Audiencia rechaza ese argumento y aplica la doctrina reciente del Tribunal Supremo y del TJUE:
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No se puede exigir al consumidor que conozca, por noticias o por sentencias generales, que su cláusula es abusiva.
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El plazo de prescripción para reclamar empieza, como regla general, cuando se declara nula la cláusula en su caso concreto, salvo que el banco pruebe que ese cliente ya sabía antes que podía reclamar (lo que aquí no ocurrió).
La defensa del consumidor ha sido dirigida por el abogado Gerardo Gutiérrez Suárez, del despacho Iustitia Est.
Este criterio refuerza la posición de quienes aún no han reclamado la nulidad de sus cláusulas suelo o limitativas del tipo de interés.
Si tienes una hipoteca a interés variable y dudas sobre tus condiciones, es buen momento para revisarlas jurídicamente.
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