Ministerio de Consumo VS Airbnb (Mayo 2025)

Irregularidades detectadas

Ministerio de Consumo VS Airbnb (Mayo 2025)

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (a través de la Dirección General de Consumo) emitió el 19 de mayo de 2025 una resolución oficial ordenando a Airbnb bloquear 65.935 anuncios de viviendas turísticaspublicados en su plataforma. Estos anuncios fueron declarados “ilícitos” por el Ministerio al contravenir la normativa sobre publicidad de alojamientos turísticos vigente en distintas comunidades autónomas. En todos los casos, se trataba de viviendas completas de uso turístico (no habitaciones individuales) que estaban anunciadas sin cumplir la ley.

Esta medida es el resultado de una actuación prolongada de las autoridades de Consumo. En los meses previos, la Dirección General de Consumo remitió hasta tres resoluciones a Airbnb instándole a retirar esos anuncios ilegales. Airbnb recurrió en los tribunales estas órdenes, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) respaldó la primera resolución del Ministerio. En un auto reciente, el TSJ de Madrid avala las actuaciones de Consumo y ordena a Airbnb retirar 5.800 anuncios (correspondientes a la primera tanda identificada) de manera inmediata. La resolución del Ministerio se dio a conocer públicamente mediante una nota de prensa oficial (no a través del BOE, por no tratarse de una norma general) y recoge detalladamente las infracciones detectadas.

Irregularidades señaladas en la resolución

 

El Ministerio de Consumo identificó tres irregularidades principales en los 65.935 anuncios de Airbnb objeto de la resolución:

  • Falta de número de licencia o registro: Los anuncios no incluyen el número de licencia turística del alojamiento, a pesar de ser obligatorio según varias normativas autonómicas (esta es la infracción más comúndetectada en la publicidad analizada).

  • Omisón de la naturaleza del arrendador: Los anuncios no indican la naturaleza jurídica del arrendador, es decir, no aclaran si quien ofrece la vivienda es un particular o un profesional. Esta información es fundamental, ya que determina si el cliente que alquila está protegido como consumidor o no.

  • Licencias turísticas falsas o incorrectas: Muchos anuncios incluyen números de licencia que no corresponden a licencias reales emitidas por las autoridades competentes. Esta práctica constituye publicidad engañosa, pues puede inducir a error o engaño a los consumidores que confían en la veracidad de esos datos.

Según la resolución, estas conductas suponen una vulneración generalizada de la normativa de protección al consumidor en el ámbito de los alquileres turísticos. El Ministerio de Consumo calificó la situación de “descontrol” e “ilegalidad generalizada” en el mercado de viviendas turísticas, y ha manifestado su compromiso de colaborar con otras administraciones para poner fin a estas prácticas ilícitas.

Fuentes oficiales: La información anterior proviene del comunicado de prensa oficial del Ministerio de Consumo (Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030) difundido el 19 de mayo de 2025